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Subasta de otros en ALMORADÍ
100,00% de Propiedad plena de URBANA. Dos doscientos veinticuatro avas partes indivisas que se materializan en el uso exclusivo y excluyente de la plaza de garaje señalada con el número VEINTISÉIS. Tiene una superficie construida aproximada de veintinueve metros y noventa y cinco decímetros cuadrados. Linda según se mira hacia la zona de maniobra por la que se accede: frente, zona de maniobra; fondo, plaza de garaje número 30; derecha, hueco de escalera, trastero 36 y 37; e izquierda, plaza de garaje número 27. Tiene como anejo inseparable el trastero número 36, que tiene una superficie construida aproximada de dos metros y cincuenta decímetros cuadrados. Linda según se mira hacia la zona de maniobra por la que se accede: frente, plaza de garaje número 26; fondo, hueco de escalera y ascensor; derecha, hueco de escalera y ascensor; e izquierda, trastero número 37.
INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE OTRAS CARGAS:
SERVIDUMBRE.- Por la inscripción 5º, de fecha veinte de Enero de dos mil siete, al tomo 2.269, libro 322, folio 15, se constituye servidumbre personal de tenencia de uso, a favor de IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U., que dice así: 1. Afectará a una porción de la finca, predio sirviente, de 23'40 metros cuadrados situada en su extremo Este, lindando: Este, calle Francisco de Goya; y resto de vientos con el predio sirviente. 2. Se destinará por IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, SAU, a la instalación de un Centro de Transformación da Energía Eléctrica. 3. El contenido de la servidumbre a favor de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., consistirá en el derecho de establecer y mantener en funcionamiento permanente y reglamentario un Centro de Transformación de energía eléctrica, de una o más unidades, con su aparellaje, conductores de entrada o salida desde el exterior, ventilación y demás elementos necesarios para su funcionamiento en las condiciones expresadas. 4. Esta servidumbre se extinguirá automáticamente en el momento en que el transformador de energía eléctrica deje de ser utilizado por la compañía suministradora. 5. Las obras de mantenimiento y reparación de las instalaciones serán a cargo de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., o la empresa sucesora. 6. Los dueños del predio sirviente o quienes le sucedan en su titularidad, no podrán acceder a las instalaciones que se ejecuten por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en dicho predio en ningún caso ni por concepto alguno. 7. El acceso al centro de transformación para personal, maquinaria y vehículos de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., se hará por la calle Francisco de Goya con la que linda por su viento Este. Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. aún sin ser copropietaria de la parcela, podrá acceder y utilizar el paso a este elemento común. Tal acceso se considera como permanente durante las 24 horas del día tanto para personas como para maquinaria, como para los elementos necesarios, para su mantenimiento, reparación, modificación, reposición o cuantas obras fuesen necesarias realizar en el Centro de Transformación. 8. Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. estará facultada para disponer de las entradas y salidas de líneas de energía eléctrica que precise realizar en dicho Centro de Transformación. 9. La parcela destinada a Centro de Transformación estará libre de bajantes, tuberías y/o cualquier tipo de canalización que impida o dificulte el funcionamiento del Centro de Transformación o afecte a sus condiciones de seguridad. Así resulta de la escritura otorgada el dieciocho de Agosto del año dos mil seis, ante el notario de Orihuela, Don Ángel De Grado Sanz.